Las llamadas de emergencia se dividen en cuatro tipos según el Protocolo de actuación:
- Prealarmas: Llamadas en las que la usuaria comunica que ha advertido la proximidad del agresor o la existencia de una situación potencialmente peligrosa.
- Alarma por agresión: Llamadas en las que la usuaria comunica que se está produciendo una agresión o que ésta puede producirse de forma inminente.
- Emergencia sanitaria: Llamadas en las que se demanda atención ante un problema de salud que requiera una rápida actuación.
- Demanda de atención psicosocial: Llamadas en las que se demanda atención ante situaciones de crisis, soledad, angustia, necesidad de comunicación, etc.
El procedimiento general de actuación ante estas llamadas, es el siguiente:
Nivel 1 (Respuesta verbal): Sin que la usuaria tenga que mirar el teléfono en ningún momento (ya que el botón de llamada se corresponde con el de regular el nivel de sonido en un móvil corriente), el sistema de llamada cuenta con vibración, de forma que cuando el móvil deje de vibrar sabrá que se ha realizado correctamente la llamada. De esta forma, sin sacar el móvil del bolso o donde lo tenga guardado, podrá ponerse en contacto con el Centro de Atención. Salvo estas llamadas excepcionales en las que la usuaria, por seguridad, no pueda ponerse al teléfono, en las demás, se establecerá una conversación con el/la operador/a que la atienda. Éste/a sabrá el nombre de la usuaria a la que atiende y todo su historial.
En el momento en el que se establece la llamada debe poder identificarse con exactitud el lugar en el que se encuentra la usuaria que emite la llamada y tener localizados los recursos más próximos a ella.
Si la usuaria requiere atención psicológica se le ofrecerá de forma simultánea un primer apoyo por personal especializado.
Una vez recogida la información, se dará por terminada la llamada tras solucionar el motivo, o bien se activará el segundo nivel para una intervención más compleja.
Nivel 2 (Movilización de recursos): se pasará a este nivel cuando la usuaria haya realizado una llamada pero no fuera posible que el operador se comunicara con ella de forma verbal, o cuando establecido este diálogo, se crea oportuno una ayuda especializada.
En la actualidad, es Cruz Roja la encargada de mantener actualizados los acuerdos con los recursos locales, así como de establecer el protocolo de cómo actuar con ellos ante cada situación de emergencia: policía local, 112, etc.
En esta situación de emergencia se le comunicará a los recursos tanto la ubicación de la usuaria como la naturaleza de dicha situación. En cualquier caso, se informará a las personas que la usuaria haya dejado de contacto para mantenerlas informadas.
Nivel 3 (traslado a centro especializado): este último nivel se alcanza cuando la usuaria necesita ser trasladada a un centro especializado de atención. Finaliza cuando la usuaria ha sido ingresada o, por el contrario, trasladada de nuevo a su domicilio.
En los días siguientes a la intervención, el Centro de Atención realizará un seguimiento de la usuaria hasta que se normalice su situación. Así mismo, realizarán un informe de las incidencias producidas en el que aparece el proceso de resolución del mismo y el estado de la usuaria atendida.
Figura 2. Procedimiento de atención ante llamadas de emergencia